La Hipoteca Inversa de Santander MAPFRE1 es una modalidad de préstamo hipotecario sobre vivienda que permite, a mayores de 65 años, obtener un abono mensual con el que poder complementar sus ingresos sin tener que pagar ninguna cuota.
Serán sus herederos los que tendrán que devolver el préstamo pudiendo, para ello, vender la casa.
El dinero a percibir dependerá principalmente de su edad y del valor de su vivienda. Cuanto mayor sean ambas, mayor será el importe que podrá recibir mensualmente. Puede solicitar una simulación personalizada en cualquier oficina de la red Santander o MAPFRE.
Las cantidades que percibirá todos los meses por La Hipoteca Inversa tienen una duración limitada. Pero si lo prefiere, puede recibir estos pagos durante toda su vida, contratando un seguro de renta vitalicia2 que empezará a pagar el importe una vez finalicen los pagos de la Hipoteca Inversa.
Las disposiciones recibidas mediante la Hipoteca Inversa no tributan en el IRPF, de acuerdo a la normativa fiscal vigente.
Podrá seguir viviendo en su casa actual, siendo el propietario.
Sus herederos obtendrían el valor restante del inmueble, si lo hubiera, después del pago de la deuda. Si el importe de la venta no es suficiente la entidad solo podrá dirigirse contra el bien hipotecado y los bienes de la herencia.
Tras el fallecimiento de todos los titulares del préstamo, sus herederos serán contactados para ayudarles a tomar una decisión:
Si hubiera sobrante tras la venta y cancelación de la deuda será para sus herederos.
Opción más habitual al ser sencilla y beneficiosa para los herederos.
Sus herederos pueden quedarse con la vivienda cancelando la Hipoteca Inversa. Pueden hacerlo mediante un préstamo hipotecario normal o con fondos propios.
En esta opción se mantiene la propiedad de la vivienda pero depende de las características de sus herederos para conseguirlo.
La Entidad tendrá que iniciar el correspondiente procedimiento judicial o extrajudicial para recuperar la deuda.
Quizá no sea la opción más atractiva dado que sus herederos pierden el valor remanente de la casa.
Sus herederos dispondrán de 9 meses sin intereses, desde el fallecimiento de todos los titulares, para el pago de la deuda.